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lunes, 11 de marzo de 2024

007. Atribuciones de ley del Consejo Consultivo.

 Atribuciones de ley del Consejo Consultivo de la CEGAIP.

Según el Artículo 43 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de San Luis Potosí.

I.   Aprobar sus reglas de operación;


II.   Presentar al Pleno su informe anual de actividades;


III.   Opinar sobre el programa anual de trabajo de la CEGAIP y su cumplimiento;


IV.  Emitir un informe anual sobre el desempeño de la CEGAIP;


V.  Opinar sobre el proyecto de presupuesto para el ejercicio del año siguiente;


VI.  Conocer el informe de la CEGAIP sobre el presupuesto asignado a programas y el ejercicio presupuestal y emitir las observaciones correspondientes;


VII.         Emitir opiniones no vinculantes a la CEGAIP sobre temas relevantes en las materias de   transparencia, acceso a la información, accesibilidad y protección de datos personales;


VIII.    Emitir opiniones técnicas para la mejora continua en el ejercicio de las funciones sustantivas de la CEGAIP;


IX.  Opinar sobre la adopción de criterios generales en materia sustantiva;


X.   Proponer mejores prácticas de participación ciudadana y colaboración en la implementación y evaluación de la regulación en materia de datos abiertos.                                                                                        

XI.     Analizar y proponer la ejecución de programas, proyectos y acciones relacionadas con la materia de transparencia y acceso a la información y su accesibilidad, y


XII.      Las que deriven de la Ley General y esta Ley.

 

Las opiniones emitidas por el Consejo Consultivo referidas en el presente artículo serán públicas.

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